Honduras logra primera sentencia con reparación del daño para víctimas de trata de personas

La Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y la Trata de Personas (CICESCT) por primera vez en la historia judicial de Honduras, registró una sentencia por el delito de trata de personas que incluye la reparación del daño a las víctimas sobrevivientes, marcando un acto histórico y un avance trascendental en la aplicación de la ley nacional e internacional.

La sentencia, dictada por el Poder Judicial de Honduras, condenó al ciudadano estadounidense Gary Lee Johnson a 37 años y 6 meses de prisión. Además de la pena carcelaria, el tribunal ordenó el pago de 150,000 lempiras a cada una de las víctimas en concepto de reparación del daño. Este monto deberá ser entregado a las tres víctimas menores de edad como compensación por los perjuicios ocasionados.

Detalles de la condena y el delito

Johnson fue hallado culpable de los delitos de:

  • Elaboración y utilización de pornografía infantil en perjuicio de tres menores de edad.
  • Trata de personas bajo la modalidad de explotación sexual comercial en perjuicio de una mujer.

El ciudadano estadounidense fue capturado en 2022 en Roatán, Islas de la Bahía.

La secretaria ejecutiva de la CICESCT, licenciada Sua Martínez, calificó la acción judicial como un paso firme hacia la justicia y la restitución de derechos, tal como lo establece la ley contra la trata de personas de Honduras.

Aunque ninguna cantidad económica puede devolver el tiempo ni sanar completamente las heridas, esta acción judicial representa un paso firme hacia la justicia y la restitución de derechos, tal como lo establece nuestra ley, manifestó Martínez.

Aplicación de justicia restaurativa y marco legal

Este logro es resultado de la aplicación del control de convencionalidad a través del protocolo de palermo y la efectiva observancia de la Ley contra la Trata de Personas de Honduras (acuerdo ejecutivo 59-2012), en especial de sus artículos 41, 42 y 50. Estos artículos establecen la obligación de reparar los daños sufridos por las víctimas de este crimen.

La CICESCT felicitó a los jueces del Tribunal de Sentencia por centrarse en la justicia restaurativa, dejando de lado la justicia meramente punitiva.

Martínez detalló que el derecho a la reparación integral es un derecho humano de la víctima que incluye tanto el daño material como el moral. Una sentencia con reparación del daño implica la obligación del condenado de resarcir el perjuicio mediante medidas como la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.

Coordinación interinstitucional y acompañamiento a víctimas

La condena se concretó gracias al trabajo coordinado entre diversas instituciones hondureñas:

  • El Ministerio Público, a través de la Unidad Contra la Trata, Explotación Sexual Comercial y Tráfico de Personas, cuyos fiscales presentaron más de 50 pruebas materiales y testimoniales.
  • Los informes técnicos de la Policía Nacional, la Dirección Policial de Investigación (DPI) y la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC).

Por su parte, la CICESCT, mediante su equipo de respuesta inmediata (ERI) y bajo la coordinación de la licenciada Martínez, brindó acompañamiento integral a las víctimas durante todo el proceso penal, asegurando su protección y la información necesaria sobre su participación en el caso, en cumplimiento de las medidas de atención primaria y secundaria previstas en la Ley contra la Trata de Personas.

Finalmente, Martínez reiteró el compromiso de la CICESCT y del gobierno de la presidenta Xiomara Castro en fortalecer las acciones de prevención, atención y persecución de los delitos de trata de personas y explotación sexual comercial, priorizando la protección de los derechos humanos y la dignidad de las víctimas.


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