El Tribunal de Justicia Electoral (TJE), aprobó una medida cautelar que buscaba habilitar de forma ilegal la candidatura a diputado Jorge Cálix, pese a que la ley lo inhabilita para participar en el actual proceso electoral.
La decisión de los 2 magistrados es evidentemente un montaje jurídico, dictado sin expediente, sin resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) y sin la presencia del tercer magistrado, requisitos obligatorios establecidos por la ley.
La Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, en su artículo 115, prohíbe inscribir como candidato a cualquier persona que haya participado en otro nivel electivo dentro del mismo proceso.
Documentos del propio CNE confirman que Jorge Cálix fue precandidato presidencial en marzo de 2025, lo que lo inhabilita automáticamente para postularse como diputado.

Además, el diputado pretende representar al departamento de Olancho, pese a que su residencia legal se encuentra en Santa Lucía, Francisco Morazán, contraviniendo también los requisitos de territorialidad que establece la ley.
CUESTIONAMIENTOS AL TJE
La legalidad de la actuación del Tribunal, es una decisión sin expediente, sin quórum y sin resolución del CNE es nula de pleno derecho y el caso podría sentar un precedente peligroso para el proceso electoral.
Además, esta acción busca repetir los patrones de manipulación electoral como el fraude del 2017, ahora utilizando resoluciones judiciales como fachada.
Por lo tanto, el riesgo no es solo jurídico, es político. Se está deslegitimando el proceso desde adentro.
El fallo del TJE podría afectar el calendario electoral, detener la impresión de papeletas y generar una nueva crisis institucional como en las elecciones primarias.
Es importante recordar que dos magistrados no pueden decidir el rumbo de un proceso nacional. y que el hacerlo, es una violación directa a la ley y a la voluntad popular.

