El candidato presidencial del Partido Liberal, Salvador Nasralla, habría infringido la Ley Electoral al realizar un evento político y difundirlo en redes sociales y medios de comunicación, a pesar de que el país inició el periodo de silencio electoral a la medianoche del martes 25 de noviembre.

El silencio electoral establece una pausa total en las actividades partidarias y la difusión de propaganda por cinco días, con el objetivo de ofrecer a la ciudadanía un espacio de reflexión previo a los comicios del 30 de noviembre.

El evento ilegal y la prohibición de la ley en Honduras

El evento, al que asistió Nasralla junto a su esposa y candidata a diputada Iroska Elvir, consistió en una demostración de respaldo a su candidatura por parte de diversas personalidades. Según la Ley Electoral, este tipo de actividad es una clara violación a las prohibiciones vigentes.

El Artículo 223 de la Ley Electoral dispone que los cinco días anteriores a las elecciones deben transcurrir sin propaganda, prohibiendo:

  • Manifestaciones públicas.
  • Difusión política.
  • Publicación de encuestas.
  • Cualquier material impreso, audiovisual o digital que promueva partidos o candidaturas.
Sanciones que superan el millón de lempiras

El incumplimiento del silencio electoral, según el Artículo 223, contempla sanciones de hasta 40 salarios mínimos (algunas interpretaciones las elevan a 50).

Especialistas señalan que, de confirmarse la violación, las multas impuestas al candidato Salvador Nasralla podrían alcanzar aproximadamente el millón de lempiras, destacando que la finalidad de estas medidas es garantizar condiciones equitativas en la etapa final del proceso electoral.


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