Las Familias de Protección Temporal (FPT), son aquellas personas o familiares que brindan un hogar seguro y transitorio a niñas, niños y adolescentes que, por diversas razones, no pueden permanecer con su familia biológica.

A esto es importante aclarar que la Secretaría de Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), ha mencionado que existe un mito muy común, que solo las personas casadas pueden ser FPT. Pero, esto es falso.

La verdad es que las Familias de Protección Temporal pueden estar conformadas de distintas maneras. Pueden ser matrimonios, parejas en unión libre, familias monoparentales, es decir, aquellas encabezadas por una madre o un padre soltero, e incluso una sola persona que desee ofrecer su hogar y cuidado de manera temporal. Lo fundamental no es el tipo de familia, sino la capacidad de brindar amor, estabilidad y protección.

Para ser una Familia de Protección Temporal, deben pasar por un proceso de evaluación, este incluye un análisis psicosocial, emocional y de estabilidad económica y personal, asegurándose de que cuentan con las condiciones necesarias para garantizar el bienestar del menor. No se trata simplemente de querer ayudar, sino de estar preparados para hacerlo de manera responsable.

Las FPT cumplen un rol esencial dentro de los sistemas de protección de la niñez, ya que ofrecen un espacio afectivo y seguro mientras se define la situación legal de los niños y adolescentes.

Gracias a estas familias, muchos menores pueden evitar el ingreso a centros de cuidado institucional, manteniendo un entorno más cálido y cercano a un modelo de vida familiar.


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