El exmagistrado del desaparecido Tribunal Supremo Electoral (TSE), Marco Ramiro Lobo, advirtió de manera categórica que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no debió emitir una declaratoria oficial de las elecciones mientras no se haya concluido en su totalidad el proceso de escrutinio especial.
Según Lobo, el organismo electoral se encuentra actualmente en una fase crítica de revisión. El exfuncionario explicó que, mientras no se complete el conteo del número total de actas y la apertura de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) pendientes, cualquier anuncio oficial carecería de validez legal y técnica.
La razón principal es el impacto en la voluntad popular, Estaríamos hablando de no contabilizar una gran cantidad de votos que pueden incidir directamente en el resultado final, subrayó el experto.
Requisitos legales para la validez
Además de la finalización del conteo, Lobo detalló los pasos administrativos y legales obligatorios que el CNE debe seguir para que el resultado sea legítimo:
- Convocatoria formal: Debe existir un pleno debidamente convocado por la presidencia del consejo.
- Acta de declaratoria: Los consejeros deben conocer y discutir el acta específica que contiene los resultados finales.
- Presencialidad: El exmagistrado fue enfático en que este acto requiere de la presencia física de las autoridades.
Un punto clave en las declaraciones de Lobo fue la invalidez de las sesiones remotas para decisiones de esta magnitud. Aseguró que la declaratoria no puede realizarse mediante plataformas virtuales como Zoom.
Tiene que ser en una reunión presencial e incluso pública, donde los tres consejeros emitan su pronunciamiento y, al final, den su voto de aprobación o desaprobación, sentenció.
Esta postura surge en un momento de alta expectativa social y política, donde la transparencia en el manejo de las actas que presentan inconsistencias es fundamental para garantizar la paz social y la legitimidad de las nuevas autoridades electas.
La validez jurídica de la elección depende del cumplimiento de los tiempos técnicos. No se puede sacrificar la exactitud del conteo por la presión de anunciar un ganador. Si se emite una declaratoria sin procesar todas las actas del escrutinio especial, se vulnera el principio de soberanía popular, ya que cada voto no contabilizado tiene el potencial de alterar los resultados finales.
